La sociedad civil destaca en el informe paralelo Mecanismo de Seguimiento de la Convención Interamericana contra la Corrupción, MESICIC, de la OEA, la “falta de compromiso integral y visiones compartidas desde el Estado para combatir la corrupción”. Si bien existen unidades de Transparencia y Participación Ciudadana, al igual que Oficinas de Comunicación en ciertas dependencias del Estado, “no se ha identificado que estas iniciativas respondan a un esfuerzo articulado desde cada poder del Estado. Responden, más bien, al interés particular de las autoridades de turno, con el riesgo consecuente de que al ser éstas cambiadas las iniciativas se desvanezcan”.
El Mecanismo de Seguimiento de la Convención Interamericana contra la Corrupción, MESICIC, es el instrumento intergubernamental establecido por la Organización de Estados Americanos, OEA, para apoyar la implementación de la Convención Interamericana contra la Corrupción en los diferentes países que lo han suscrito. En este marco, en abril de este año, representantes de la OEA a Paraguay se realizará la IV Ronda de Análisis con una visita in situ al Paraguay, para la cual se elaboró un informe del Estado y otro por parte de la sociedad civil. Este último estuvo a cargo del Centro de Estudios Judiciales (CEJ), Semillas para la Democracia, Gestión Ambiental (GEAM) y el Centro de Políticas Públicas, de la Universidad Católica.
Es importante recordar que la gestión de recursos públicos del Poder Judicial debe ser controlada tanto de forma interna, a través de los distintos órganos disciplinarios y de control, sino también por parte de toda la ciudadanía, a través de la rendición de cuentas de las principales autoridades. Por otra parte, se debe generar una política de Estado que facilite el control del mismo en su conjunto, facilitando la transparencia de datos y el seguimiento para su control, tanto por organismos públicos como para el monitoreo ciudadano.
La suma que el presidente saliente de la Corte, Dr. Benítez Riera, devuelve hoy al Estado asciende a 1.092.428.571 guaraníes, correspondiente al presupuesto transferido de hacienda el Poder Judicial en concepto de gastos reservados del ejercicio fiscal 2011 y enero de 2012. a totalidad será depositada a la cuenta de la Tesorería General en el Banco Central del Paraguay.
LOS GASTOS RESERVADOS
Ley Anual de Presupuesto General de la Nación cuenta con un “Anexo clasificador presupuestario”, y ahí se detalla cada rubro de ingreso o gasto. Lo que dice textualmente este clasificador:
970 Gastos Reservados Erogaciones asignadas a determinados organismos y entidades del Estado que por razones de seguridad y la índole de sus funciones, sean indispensables mantener en reserva.
979 Gastos Reservados
Crédito presupuestario asignado a determinados organismos y entidades del Estado, destinado a gastos discrecionales por razones de seguridad, que por la índole de sus funciones son indispensables mantener en reserva. Por la naturaleza especial de los gastos, no requieren de discriminación e imputación en los respectivos objetos del gasto específicos del clasificador. Los gastos de naturaleza no especificadas en el 971 al 979 serán afectados conforme a criterios presupuestarios y contables emitidos por el Ministerio de Hacienda.
La regla en la Administración Pública es la rendición de cuentas, la excepción lo constituyen los gastos reservados que no se rinden por la naturaleza de su objeto, por tal motivo, si
un alto funcionario de la República rinde cuentas de este rubro, que si bien debiera ser un gesto normal, honesto y sano, se constituye en una excepción destacable.
Fuente: Ley Anual de Presupuesto General de la Nación