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07 de noviembre de 2012
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Falta de reglamentación
Presidente del Senado promueve nuevo obstáculo al acceso a información pública
La falta de reglamentación al acceso a la información permite al presidente del Senado, Jorge Oviedo Matto, seguir poniendo trabas al acceso a la información pública. Continúa dilatando la respuesta a una solicitud de datos sobre el trabajo los parlamentarios, remitida por el diario Abc Color, cuya publicidad debería estar garantizada, según establece la Constitución Nacional. La OEA ha reiterado este año la reglamentación del derecho de acceso a información pública, entre sus recomendaciones al Estado paraguayo.

La recomendación de la OEA se viene reiterando desde la primera ronda de análisis del Mecanismo de Seguimiento de la Convención Interamericana contra la Corrupción (MESICIC), desde el 2003.  Recientemente, tras una visita in situ al Paraguay, el organismo de la OEA recomendó nuevamente al Estado paraguayo “instituir normas jurídicas que apoyen el acceso a la información pública en Paraguay. El Informe de la Cuarta Ronda de Análisis del MESICIC/OEA incluyó un informe paralelo elaborado por el Centro de Estudios Judiciales y otras organizaciones de la sociedad civil, que también destaca la necesidad de avanzar en la reglamentación del acceso a la información pública.


Para dar cumplimiento a la recomendación, el organismo internacional sugiere “desarrollar procesos para la recepción de solicitudes, para responder a éstas oportunamente, y para la apelación en casos en que dichas solicitudes se denieguen, y que establezcan sanciones en los casos de incumplimiento de la obligación de proveer información”.


Estos procesos, de existir, serían de aplicación inmediata en casos como el de Abc, ya que el medio de comunicación había remitido dos notas a las Cámaras del Poder Legislativo, el 19 de octubre pasado, preguntando sobre las ausencias, proyectos presentados, viajes realizados, viáticos cobrados. Luego de dilatar la respuesta, el presidente del Senado busca ahora  poner la respuesta a consideración de la plenaria. Sin embargo, se trata de información pública a la que la ciudadanía debería tener acceso.


En su informe de expertos, los expertos del MESICIC/OEA también recomiendan al Estado paraguayo “fortalecer sistemas que aseguren que el público tenga acceso, cuando sea apropiado, a información sobre las organizaciones gubernamentales”. De esta manera, se evitaría la burocracia que impide el acceso a información se realice en tiempo oportuno y no sería posible la vulneración sistemática al derecho de acceso a la información pública, como viene ocurriendo en Paraguay.


Es importante recordar que el derecho de acceso a la información pública está contemplado en la Constitución Nacional, en el artículo 28, “del derecho a informarse”. “Se reconoce el derecho de las personas a recibir información veraz, responsable y ecuánime. Las fuentes públicas de información son libres para todos. La ley regulará las modalidades, plazos y sanciones correspondientes a las mismas, a fin de que este derecho sea efectivo”, reza el artículo. Sin embargo, pese a lo establecido en la Constitución, el acceso a la información todavía no es una garantía en el país, debido a la falta de reglamentación.

También se menciona que el Poder Legislativo tuvo un gran retroceso en materia de acceso a la información pública

Brindar información pública es una obligación

El presidente del Senado, Jorge Oviedo Matto,  habría dicho ante la prensa que la Cámara Alta tiene la “facultad” y no la “obligación” de proveer información pública. Sin embargo, facilitar el acceso a la información pública es un deber de los organismos del Estado, según el derecho consagrado en la Constitución Nacional. Al respecto, entre las recomendaciones del Informe Paralelo elaborado por la sociedad civil del Paraguay para la cuarta Ronda de Análisis del MESICIC se destaca como un punto esencial para el fortalecimiento de los mecanismos de acceso a la información el establecimiento de normas que hagan obligatorias las prácticas institucionales de transparencia.


También se menciona que el Poder Legislativo tuvo un gran retroceso en materia de acceso a la información pública debido a la resolución Nº 519/2011, que en su Artículo 1 dice: “Los documentos de la Honorable Cámara de Senadores serán concedidos previa autorización expresa del presidente del Senado”. Dicha resolución fue calificada como arbitraria y abuso de autoridad, el año pasado, por las organizaciones de la sociedad civil.


Es importante recordar que el Estado paraguayo suscribió diferentes instrumentos internacionales en defensa de este derecho de acceso a la información, como la Convención Americana Sobre Derechos Humanos y la Carta de Derechos de las Personas ante la Justicia en el Ámbito Judicial Iberoamericano.

 

 

Fuente:

Noticias CEJ

http://www.cej.org.py/index.php/noticias/1302-presidente-del-senado-promueve-nuevo-obstaculo-al-acceso-a-informacion-publica

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Asunción - Paraguay