l
08 de febrero de 2017
Imprimir   
Cambiar tamaño
E-mail  
La Escuela No Nata: Una fotografía del presente de las Ciencias Sociales en el Paraguay desde la UNA
Por Leandro Villalba Baruja

Condiciones estructurales en la Escuela de Ciencias Sociales y Políticas de la UNA (1/3)

El primer requisito para desarrollar una crítica seria de la Escuela de Ciencias Sociales y Políticas de la UNA es analizar las condiciones históricas y materiales en la que ésta desarrolla su actividad.

Escuela de Ciencias Sociales y Políticas — UNA

Las Ciencias Sociales llegan al Paraguay de la mano de los positivistas de la primera parte del Siglo XX[1], en 1900 se abre la primera catedra de sociología en la Facultad de Derecho UNA, existen registros de artículos sociológicos incluso en revistas del Centro de Estudiantes de la Carrera de Derecho que datan de los años 40, durante las dictaduras militares se cercenó el impulso de la sociología a tal punto de sufrir el cierre de la carrera en la Universidad Católica, quien fuera la primera Universidad en abrirla en los años 70. Luego de la apertura democrática la Universidad Católica reabre en 1993 la carrera de Ciencias Sociales de manera ininterrumpida[2].

Recién desde 2003, las carreras de Ciencia Política y Ciencias Sociales se habilitan en la UNA, en el marco de una “Escuela”[3] dependiente de la Facultad de Derecho.

La Escuela cuenta al día de hoy con poco más de 300 alumnos matriculados, divididos en 6 cursos. Las clases se desarrollan en la sede histórica de la Facultad de Derecho bajo un “plan semestral” de 8 semestres que cuenta con 23 asignaturas del plan común, cursadas conjuntamente por los estudiantes de ambas carreras hasta el 4to semestre, más 27 asignaturas para la carrera de sociología y otras 28 en la carrera de politología totalizando 78 para toda la Escuela[4].

Ahora bien ¿cómo se administra la Escuela y qué recibe concretamente de la Facultad de Derecho?

Toda administración debe contar con una organización mínima, los procesos administrativos se dividen, por lo general, en: Planificación, Organización, Ejecución y Control[5]. Posicionándonos en el contexto de la Escuela y buscando respuestas a estas dudas, se consultó a la administración de la Facultad de Derecho por el presupuesto histórico de la Escuela, en virtud de la Ley N° 5282/2014 de Acceso a la Información Pública, además de solicitar un pequeño desglose[6] del destino que se otorgan a los fondos de la Escuela, entre otros, sin obtener una respuesta clara.

Efectivamente, en la página de la Facultad de Derecho encontramos el organigrama de la Escuela[7] en el que se insertan 6 institutos de investigación y estudios, ninguno de los cuales está en funcionamiento. Podría entenderse que esto se debe a falta de presupuesto, por lo cual es necesario buscar respuesta por cuenta propia a las interrogantes respecto al presupuesto con que se administra la Escuela, encontramos en la web de la Facultad de Derecho algunos datos interesantes.

Solicitud de Acceso a la Información Pública ID 2610

Para anexo de Personal, por ejemplo, en el ejercicio fiscal 2013 la Facultad de Derecho tuvo ingresos totales por 17.291.714.796, egresos totales por 11.754.928.313 y un saldo de caja positivo de 5.536.786.483[8]. El ejercicio fiscal 2014 tenemos ingresos totales por 16.650.108.093, egresos totales por 11.604.795.835 y un saldo de caja positivo de 5.045.312.258[9]. En 2015 ingresos totales por 15.705.356.950 egresos totales por y un 10.867.159.254 saldo de caja positivo de 4.838.197.696 Gs[10]. Y finalmente en 2016 ingresos totales por 14.133.940.598 egresos totales por y un 9.506.060.477 con saldo de caja positivo de 4.627.880.121 Gs[11]. Dentro de estos números se encuentras los referentes a los funcionarios de la Escuela, a propósito de ellos, nos limitaremos a decir que están asignados entre 10 y 15, incluyendo al Director Académico[12] y tal vez algún otro “…de acuerdo a las necesidades”.

 

 

Son reveladores los datos respecto al presupuesto en sí mismo que se otorga a la Facultad de Derecho, en los mismos informes de la Facultad de Derecho se consigna para cada año un “RESUMEN DE EJECUCION MENSUAL” que pueden sintetizarse como sigue (en millones de Guaraníes)[13]:

 

Es decir, la Facultad de Derecho difícilmente pueda sostener carencia de recursos siendo que maneja volúmenes de millones de dólares y como se ha visto, incluso con balances de caja positivos en algunos ítems. Tampoco es creíble que exista un problema burocrático o administrativo que impida dotar a la Escuela de mejores condiciones para desarrollar los fines para los que fue creada. Si se intentase determinar qué tan importante es la Escuela para Derecho UNA, resulta un indicador preocupante que el HCD no dote a la Escuela ni siquiera con un presupuesto propio, ni siquiera de una mínima estimación de los gastos que se podrían requerir a lo largo del año (ni hablar de ejecución en sentido estricto).

En refuerzo de esta tesis, podemos destacar la situación de los Docentes. De la confusa respuesta dada por la Facultad, podemos rescatar que la Escuela “Cuenta con 76 Profesores, con asignación mensual de 1.649.455 GS”, lo cual no nos dice mucho respecto a la modalidad de los contratos ni el rango que pudieren tener o no en el Escalafón Docente de Derecho UNA los Profesores de la Escuela. Sí confirma que la Escuela también padece del problema sistemático de la docencia en el Paraguay, puesto que los Profesores evidentemente no gozan de la mejor remuneración. Además, debiendo estar abocadas las carreras de politología y sociología, a la investigación, no se explica cómo no se cuente con tan solo un docente por carrera, al menos, que se dedique a tiempo completo a la investigación. De hecho, la respuesta dada por la Facultad en este sentido fue “El Rubro para investigadores cuenta con 3 investigadores para sede central y las respectivas filiales” (sic.) ¡Tres investigadores! Para una Facultad con más de, 7mil alumnos, 8 filiales y 4 carreras de las cuales dos de ellas, las nuestras, deben tener una vocación investigativa.

Otro tanto puede decirse del plan de estudios, aprobado hace ya 10 años[15], que se encuentra desfasado en varios puntos[16] y con un contenido exageradamente jurídico[17], especialmente en la carrera de Ciencia Política. Si bien desde el 2015 se están encarando algunos esfuerzos por actualizar los contenidos, hay que agregar que el apoyo de la institución para ese fin ha sido bastante discreto y sobre el particular vale recordar que ni siquiera han sido implementadas en las carreras de la Escuela las ventajas que se aprobaron en la carrera de Derecho desde 2014, como el derecho de rendir en 3 oportunidades el examen final.

En consecuencia, la Escuela de Ciencias Sociales y Políticas de la UNA, no cuenta con un presupuesto propio, no cuenta con Docentes bien remunerados, no cuenta con Docentes que se dediquen a la investigación a tiempo completo, no cuenta con institutos de investigación habilitados, no cuenta con una malla curricular actualizada, no cuenta con un sistema de evaluación ajustado a las necesidades de sus carreras, no cuenta (que se sepa) con un plan de mejoramiento, no desarrolla investigación científica (cual es uno de sus fines), no cuentan los estudiantes de la Escuela con los mismos derechos que sus pares de la carrera de Derecho, no cuentan los estudiantes de la Escuela con el desarrollo de investigaciones en las diferentes cátedras, lo cual tiene por consecuencia que llegan al 8vo semestre, probablemente, sin haber hecho jamás una sola investigación seria, topetándose al finalizar el pénsum con la necesidad de elaborar y defender una tesina, que en la inmensa mayoría de los casos se defiende mucho tiempo después del egreso.

Todas las disquisiciones que ameriten estos hechos y los que se deriven de ellos pueden encontrar rápida y fácil respuesta si es que existe voluntad política suficiente para mejorar las condiciones en la que se encuentran la Escuela y sus estudiantes. Voluntad que no ha mostrado la Facultad de Derecho UNA. Por lo que en este punto cabe preguntarse ¿Qué ganan las Ciencias Sociales y Políticas en estas circunstancias? ¿Qué ganamos los futuros profesionales además de un título? Y teniendo en cuenta la consideración hacia la Escuela por parte de la casa de estudios que la alberga ¿Por qué nos seguimos manteniendo dentro de la Facultad de Derecho?

Citas:

[1] Cecilio Báez ya en 1903 escribió su “Introducción al Estudio de la Sociología”

[2] Para más información en el proceso de institucionalización de los Estudios de las Ciencias Sociales en Paraguay se recomienda el Ensayo de la Lic. Maria Robledo Verna “La apertura de la carrera de sociología en la Universidad Católica. Notas para una historia institucional.”

[3] Figura administrativa establecida por el Estatuto de la UNA, Art. 7 inc. B, que tienen a su cargo la docencia, extensión e investigación en el área de conocimiento a su cargo.

[4] http://www.der.una.py/prog_est_esc_semestral.html

[5] Taylor, Frederick. Principios de la Administración Científica.

[6]http://informacionpublica.paraguay.gov.py/portal/#!/ciudadano/solicitud/2610

[7]http://www.der.una.py/organigrama/ORGANIGRAMAS.pdf pág. 2

[8] http://www.der.una.py/formularios/informediciembre.pdf pág. 1300

[9] http://www.der.una.py/formularios/informediciembre.pdf pág. 1314

[10] http://www.der.una.py/formularios/informediciembre2015.pdf pág. 1362

[11] http://www.der.una.py/formularios/informediciembre2016.pdf pág. 1363

[12] No es propósito de este articulo analizar la situación de los funcionarios en especial ni saber cuánto gana cada uno en particular, simplemente sería valioso conocer el costo total para el funcionamiento de la Escuela, es decir, los gastos rígidos (dentro de los cuales están los salarios).

[13] Opp. Cit. pág. 1299 para el ejercicio 2013, pág. 1313 para el 2014, pág. 1361 para el 2015 y pág. 1362 para el 2016

[14] Entre estos se cuentan el importe de las matriculaciones de todos los estudiantes de la Facultad.

[15] Plan de Estudios aprobado por Resolución Nº 130–00–2007 del Consejo Superior Universitario

[16] Por poner un ejemplo, en el programa de estudios de la asignatura “Introducción a las Ciencias Políticas” la Lección XII, punto 8 dice “8. Tipos de Gobierno de la Unión Soviética y Republicas Socialistas”

[17] Esta exageración se presenta incluso en materias que tienen un desarrollo primordialmente jurídico, así por ejemplo, en “Introducción a las Ciencias Jurídicas” el programa de estudios consigna: “LECCION XXIV Del Derecho Hereditario. Concepto. De las Sucesiones. Concepto y especies legisladas en el Código Civil. Concepto del parentesco. Parientes a quienes corresponde las sucesiones intestadas. Herederos forzosos. Concepto y caracteres del testamento”. Podrá ser provechoso discutir respecto a las herencias, grosso modo, desde un punto de vista histórico, filosófico o político, pero saber cuáles son las especies de sucesiones legisladas en el Código Civil no tiene ninguna utilidad para los alumnos de la Escuela y hasta resulta un absurdo.

 

 

 

 

 

Comentarios
Este sitio web es publicado gracias al apoyo de Unión Europea (UE). El contenido del mismo es exclusiva responsabilidad de sus autores y no refleja necesariamente las opiniones o puntos de vista de UE.
Los comentarios pertenecen a quien los firma. Todo el resto es propiedad del CIRD.
Asunción - Paraguay